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¿Quiénes Serán Multados en 2025 por No Habilitar su Buzón Tributario?

Foto del escritor: MONICA RAYAMONICA RAYA

Con el avance de la digitalización en los servicios fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México ha fortalecido el uso del buzón tributario como herramienta principal de comunicación con los contribuyentes. Esta medida busca mejorar la eficiencia en la gestión fiscal, pero también establece sanciones para quienes no cumplan con su habilitación y uso adecuado. A partir de 2025, las multas por omitir esta obligación serán una realidad que afectará tanto a personas físicas como a personas morales.


¿Qué es el buzón tributario?

El buzón tributario es un sistema digital implementado por el SAT para comunicarse con los contribuyentes. A través de este canal, los usuarios pueden recibir notificaciones importantes, requerimientos, invitaciones al cumplimiento voluntario, entre otros documentos oficiales. Además, el buzón permite a los contribuyentes presentar solicitudes y atender requerimientos directamente en línea.


¿Quiénes están obligados a habilitar el buzón tributario?

De acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes, están obligados a habilitar y mantener activo el buzón tributario:

  1. Personas morales: Todas las empresas, independientemente de su tamaño o actividad económica.

  2. Personas físicas con actividad empresarial: Profesionistas, comerciantes, y cualquier contribuyente que realice actividades económicas bajo este régimen.

  3. Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): Incluye tanto personas físicas como morales inscritas en este régimen.

  4. Personas físicas inscritas en el RFC: Aunque no todos los contribuyentes individuales están obligados, aquellos con ingresos por arrendamiento, servicios profesionales, y otras actividades económicas específicas deben cumplir.


¿Cuáles son las multas por no habilitar el buzón tributario?

El Código Fiscal de la Federación establece sanciones para quienes no habiliten su buzón tributario, no mantengan actualizados sus medios de contacto, o no atiendan las notificaciones enviadas a través de este medio. Las multas aplicables en 2025 incluyen:

  • Por no habilitar el buzón tributario o no registrar medios de contacto: Multas de entre $3,580 y $11,960 pesos.

  • Por no atender requerimientos enviados al buzón tributario: Multas que pueden variar según la gravedad del incumplimiento y el monto de la obligación omitida.

  • Suspensión de sellos digitales: Además de las multas económicas, el SAT puede suspender los certificados de sellos digitales, impidiendo la emisión de facturas electrónicas.

Consecuencias adicionales del incumplimiento

Además de las sanciones económicas, no habilitar el buzón tributario puede generar problemas más graves para los contribuyentes, como:

  • Pérdida de beneficios fiscales, como devoluciones automáticas de impuestos.

  • Mayor riesgo de auditorías o revisiones fiscales.

  • Impacto en la reputación y operaciones de negocios, especialmente para personas morales.

¿Cómo habilitar el buzón tributario?

  1. Accede al portal del SAT con tu RFC y contraseña o e.firma.

  2. Registra tus medios de contacto, como correo electrónico y número de teléfono.

  3. Verifica y activa tu buzón mediante los enlaces de confirmación enviados por el SAT.

  4. Revisa periódicamente tu buzón para atender cualquier notificación o requerimiento.


El buzón tributario no solo es una obligación fiscal, sino una herramienta clave para facilitar la comunicación con el SAT. En 2025, el incumplimiento en su habilitación y uso puede traer consecuencias severas, tanto económicas como operativas. Cumplir con esta disposición es un paso esencial para mantener tus finanzas y tu negocio en regla, evitando sanciones innecesarias.

Si tienes dudas sobre cómo habilitar tu buzón tributario o necesitas asesoría para regularizar tu situación fiscal, no dudes en contactarnos. ¡Estar al día con tus obligaciones nunca fue tan importante!

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